Aguas interiores

Las zonas marítimas de acuerdo a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.

Las aguas interiores, según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, son aquellas que están situadas en el interior de la línea de base del mar territorial de un Estado ribereño.[1]

  1. «Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar». Organización de las Naciones Unidas. 

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